COMUNICADO DESPERTA EN EL ANIVERSARIO DE LA CONSTITUCIÓN DE 1978.
1.España es una nación no una constitución.
Fundamentar la defensa de España en la defensa de la constitución de 1978 es un grave error porque no se puede fundamentar la existencia de una comunidad política en la Constitución porque España existe antes de sus distintas Constituciones.
Es renunciar a defender España sin complejos desde sus raíces históricas y políticas. Desde la Hispania romana a la forja de la nación en la España visigoda pasando por los siglos de Reconquista o el Imperio Español.
Una comunidad política que es anterior y está por encima de cualquier Constitución.
2. No es garante de la unidad nacional. Permite la plurinacional y el federalismo.
La Constitución no puede ser la base de ningún proyecto unionista porque permite la existencia de nacionalidades en España. Una traición de los “padres de la constitución” para contentar a las fuerzas separatistas.
El artículo 2 reconoce el derecho a la autonomía de nacionalidades y regiones.
3. Constitución inconstitucional.
El proceso constituyente se llevó a cabo de manera ilegal. La constitución sale de un parlamento elegido en 1977 en unas elecciones legislativas no constituyentes.
Se votó un parlamento no constituyente. Las cortes se erigieron como autoconstituyentes sin que los españoles les hubieran votado para ello y sin cumplir los requisitos del Derecho Internacional.
4. Partitocracia.
Es el Régimen de 1978. Designa a los partidos políticos como únicos representantes del poder político en las cámaras de representación. Consolida sus pactos y consensos para mantenerse en el poder. Excluye a las organizaciones sociales y blinda a los partidos políticos económicamente con la asignación de los presupuestos generales del Estado.
Eligen a los miembros de los tribunales TC y CGPJ sin haber separación de poderes.
5. Ampara una ley electoral injusta con la mayoría de los españoles.
La ley d´Hont surgió en la transición. Beneficia al bipartidismo y a los partidos nacionalistas. El voto de los españoles no vale lo mismo en todas las circunscripciones beneficiando a los partidos que tienen mucha presencia en pocas provincias como sucede con los partidos nacionalistas. Además, el reparto de escaño premia a los partidos mayoritarios y excluye a los que tienen un apoyo inferior al 3% en cada circunscripción. Los españoles no somos iguales ante la ley.
6. Estado de las autonomías.
El embrión de 17 Estados con plenas facultades en materias fundamentales como la educación, la seguridad o la sanidad. El artículo 150.2 de la CE permite al Estado transferir competencias a las autonomías sin límites. Defender el estado de las autonomías es traicionar a España no es defender el acervo cultural de sus regiones.
7. Nula calidad democrática.
Las limitaciones y burocracia imposibilitan el buen fin de las iniciativas legislativas populares que incluso llegando a buen término dependen de que el parlamento decida votarlas o no. Es una falacia defender que la democracia representativa no limita la participación ciudadana.
8. Permite la anexión de Navarra a Vascongadas.
Así lo indica la disposición transitoria cuarta. La iniciativa corresponde al órgano foral por mayoría.
9. Soberanía y defensa de nuestras fronteras.
Según indica en el texto legal el reembolso de la deuda externa es prioridad absoluta ante cualquier otra necesidad. España es un país esclavo de la deuda sin soberanía económica. Ni tampoco militar, incapaz de salvaguardar la unidad nacional y de controlar los movimientos migratorios.
10. Graves incumplimientos de los derechos fundamentales de los españoles.
La defensa de la libre educación. Con las leyes de adoctrinamiento moral o imposición de educación sexual. El último caso es el de la Ley Celaá. El artículo 27.3 dice garantizar el derecho de los padres a elegir la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
La defensa del castellano. Las normalizaciones y sumersiones lingüísticas nacionalistas han acabado con el artículo 3 de la CE. Marginación y eliminación del idioma común. Con la nueva ley educativa de Celaá va a dejar de ser vehicular.
La defensa de la vida. Las leyes del aborto y la futura eutanásica incumplen el art. 15.
La defensa de la justicia social. Incumplimiento sistemático de los derechos reconocidos en la CE al trabajo, a la vivienda y a una pensión digna. Artículos 123, 47 y 50.
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